El sistema sanitario español genera más de 40 reclamaciones diarias por negligencia médica y la tendencia no hace más que empeorar. La tesis de este artículo es incómoda: no estamos ante un problema de profesionales incompetentes, sino ante un sistema que exprime a sus médicos hasta que el error se vuelve estadísticamente inevitable.
Los datos públicos disponibles sostienen esa tesis con bastante fuerza.
14.986 reclamaciones en 2025: la hemorragia que nadie cauteriza
La Asociación El Defensor del Paciente recibió 14.986 casos por negligencia médico-sanitaria en 2025. Son 898 más que los 14.088 de 2024, que a su vez ya habían subido en 2.017 respecto a 2023. De esos casos de 2025, 951 terminaron en fallecimiento —153 más que el año anterior—. Esto ya no es una anomalía estadística. Es una línea recta ascendente que nadie parece dispuesto a interceptar.
En 2024 hablábamos de 38 casos diarios. En 2025, de 41. Y no se explica solo por una mayor cultura de reclamación. Cuando 155 pacientes quedan con tetraplejia o paraplejia tras intervenciones quirúrgicas en un solo año, el problema es estructural.
El patrón que se repite en los casos peritados del sector no suele ser el cirujano que no sabe operar. Es el cirujano tras doce o más horas seguidas de guardia sin relevo. La enfermera de planta atendiendo a más del doble de los pacientes que marca el estándar. El residente tomando decisiones que correspondían a un adjunto ocupado en otro quirófano. Ese patrón no es negligencia individual. Es negligencia organizativa.
Madrid, Andalucía y Cataluña: el mapa que refleja la presión asistencial
Las cifras por comunidad autónoma en 2025 son reveladoras:
- Madrid: 4.005 casos (subiendo desde 3.811 en 2024)
- Andalucía: 2.730 (frente a 2.509 en 2024)
- Cataluña: 2.059 (1.783 en 2024)
- Comunidad Valenciana: 1.133 (992 en 2024)
- Castilla y León: 858
- Castilla-La Mancha: 801
Alguien dirá que Madrid lidera porque tiene más población. Parcialmente cierto. Pero la ratio de reclamaciones por habitante en Madrid supera con creces la media nacional, y eso correlaciona con lo que se ve en los perfiles de caso habituales: urgencias colapsadas con esperas impropias de un sistema terciario.
No es casualidad que los servicios más reclamados en 2024 fueran listas de espera, cirugía general, urgencias, traumatología y ginecología-obstetricia. Son exactamente las áreas donde la presión asistencial es más brutal.
Urgencias: el eslabón que se rompe primero
El Defensor del Paciente identificó en 2025 los hospitales con más reclamaciones en urgencias. La lista incluye centros de referencia como La Paz en Madrid, Vall d'Hebron en Barcelona, el Virgen Macarena en Sevilla o el Hospital Universitario de Canarias. Todos ellos hospitales terciarios con urgencias que reciben una avalancha diaria de pacientes que el sistema de atención primaria no ha podido absorber.
El perfil de caso que más aparece en las reclamaciones por urgencias sigue un patrón: paciente con clínica inespecífica catalogado en triaje con una hipótesis diagnóstica distinta a la real, espera prolongada antes de la primera valoración médica, prueba complementaria tardía y diagnóstico correcto solo cuando el daño ya es irreversible. El profesional que atiende en ese momento suele estar llevando en paralelo más pacientes de los que cualquier estándar razonable permite.
¿Es ese médico un negligente? Técnicamente, la lex artis ad hoc exige una valoración adecuada del paciente. Pero la lex artis presupone unas condiciones mínimas de ejercicio que en muchas urgencias españolas sencillamente no existen.
Las listas de espera como forma silenciosa de daño
En junio de 2024, 848.340 pacientes esperaban una operación en España, con un tiempo medio de 121 días. Andalucía alcanzó los 160 días de espera media para quirófano en 2025.
Estas cifras no son solo un indicador de gestión. Son daño. En oncología, la diferencia entre un estadio II en la primera consulta y un estadio IV cuando finalmente se llega a quirófano meses después es, con frecuencia, la diferencia entre vivir y morir. El mismo tipo de progresión se documenta en patología cardíaca no revascularizada a tiempo o en retrasos en descompresiones neuroquirúrgicas.
Reclamar negligencia médica en estos supuestos es jurídicamente complejo porque el daño no lo causa una acción, sino una omisión del sistema. Pero la doctrina del Tribunal Supremo ha ido abriendo camino: cuando la demora es irrazonable y el daño derivado de ella es objetivable, hay responsabilidad patrimonial de la Administración.
El marco legal: tres vías y un reloj que corre
Quien quiera reclamar negligencia médica en España tiene tres caminos, y la elección no es trivial.
Vía penal. El artículo 5 del Código Penal exige dolo o imprudencia para que exista delito. La negligencia médica penal se produce cuando el profesional causa daño —lesiones o muerte— por infracción del deber de cuidado exigible a su profesión. La jurisprudencia del Supremo ha configurado varios escenarios típicos: el olvido de material quirúrgico, la confusión de lateralidad, el error de dosificación grosero. El problema es que la vía penal exige imprudencia grave, y muchos casos de mala praxis quedan por debajo de ese umbral.
Vía civil. El artículo 1089 del Código Civil establece que las obligaciones nacen, entre otros supuestos, de actos u omisiones ilícitos con culpa o negligencia. Aquí el estándar probatorio es más bajo, pero hay que demostrar el nexo causal, y ahí es donde el informe pericial médico se convierte en la pieza que decide el caso.
Vía contencioso-administrativa. Para la sanidad pública. Responsabilidad patrimonial directa de la Administración. No hace falta demostrar culpa individual, sino funcionamiento anormal del servicio. Suele ser la vía más eficaz cuando el problema es sistémico.
El plazo de prescripción es la trampa donde caen muchos reclamantes. Un año desde que se conoce el alcance definitivo del daño en vía administrativa. Cinco años en vía civil. Y aquí hay matices que un abogado generalista puede pasar por alto: el dies a quo no es siempre la fecha del acto médico, sino el momento en que el paciente conoce —o razonablemente debería conocer— la totalidad del daño sufrido.
Sentencias de 2025: cuando el Supremo pone precio al daño
Dos sentencias de 2025 ilustran el rango de lo que está en juego.
En abril, el Tribunal Supremo condenó a Sanitas a pagar 3.055.797 euros por un parto con graves secuelas neurológicas evitables. Y aun así, quien conozca lo que supone criar a un hijo con parálisis cerebral sabe que esa cifra no cubre ni de lejos el coste real a lo largo de una vida.
En octubre, otra sentencia del Supremo fijó 1,2 millones de euros por una reacción alérgica al Propofol durante una resonancia magnética a un menor con alergias conocidas, consignadas en su historial y no leídas antes de la administración.
También en octubre, la STS 1459/2025 abordó el alcance del seguro de responsabilidad civil sanitaria, una cuestión técnica con implicaciones enormes para la cobertura real de las víctimas.
Las indemnizaciones por negligencia médica en España oscilan entre 50.000 euros para lesiones menos graves y más de un millón en casos de daño cerebral neonatal o muerte evitable. El problema no es el baremo —que tiene sus propios defectos, pero eso da para otro artículo—. El problema es que la mayoría de los casos nunca llegan a sentencia.
El contraargumento habitual
El argumento que siempre aparece en estas discusiones es: "Pero reclamación no significa negligencia real. Muchas se desestiman." Es cierto. No toda reclamación es fundada. Y es parte del trabajo pericial descartar casos donde la actuación médica fue impecable y el resultado adverso era una complicación inherente al procedimiento.
Pero ese argumento no invalida la tesis. Primero, porque incluso descontando las reclamaciones infundadas, el volumen de casos con fundamento sigue siendo alarmante. Segundo, porque muchas reclamaciones se desestiman no por falta de negligencia, sino por falta de prueba pericial adecuada o por prescripción del plazo. Y tercero, porque la tendencia ascendente —de 12.071 casos en 2023 a 14.986 en 2025— no se explica por un aumento de la litigiosidad caprichosa. Se explica por un sistema sanitario que lleva años funcionando por encima de su capacidad.
Los 108 bebés nacidos con discapacidad por partos mal gestionados en 2024. Los 351 casos de cirugía estética con resultado insatisfactorio ese mismo año, 65 más que en 2023. Los 155 pacientes con tetraplejia o paraplejia en 2025. Detrás de cada cifra hay una persona cuya vida cambió porque alguien —o algo— falló.
Lo que realmente necesita cambiar
Más médicos. Más enfermeras. Ratios de pacientes por profesional que no sean una obscenidad. Sistemas de doble verificación en urgencias. Protocolos de lectura obligatoria de alergias antes de administrar cualquier fármaco —que el caso del Propofol llegue al Supremo en 2025 es revelador de hasta qué punto algunos protocolos básicos fallan—.
Y también mejores informes periciales. Casos legítimos se pierden por informes mediocres que no establecen correctamente el nexo causal, y casos sin fundamento prosperan porque alguien escribe un informe convincente pero científicamente insostenible. La pericial médica en negligencia no es un trámite: es el eje sobre el que gira todo el proceso.
Para quien necesite un peritaje riguroso en estos casos, los profesionales de Atención Pericial se toman en serio la diferencia entre complicación y negligencia.