Te acaban de encargar una pericial de tráfico. Tienes 500 folios en la mesa, entre informes hospitalarios, facturas y un informe de alta que menciona "posibles necesidades futuras". Primer paso: distinguir qué gastos son presentes y cuáles pueden reclamarse como "gastos médicos futuros" bajo el Baremo de la Ley 35/2015.

Paso 1. Delimitar qué son gastos médicos futuros y qué no

La Ley 35/2015 (art. 110 y 115) define los gastos médicos futuros como aquellos que el lesionado deberá asumir tras la estabilización lesional: tratamientos, rehabilitación, prótesis, medicación crónica, etc. No se trata de todo gasto sanitario indefinido, sino de prestaciones razonablemente previsibles y justificadas por la situación clínica residual.

¿Por qué es clave? Porque la indemnización del baremo 2026 distingue entre:

  • Gastos sanitarios ya realizados (facturas, tickets, justificantes)
  • Gastos futuros (estimación pericial y previsión, no factura actual)

Ojo con esto: si incluyes en la reclamación conceptos vagos o tratamientos no fundamentados, la aseguradora los impugnará y hay riesgo de que la partida se rechace. Ejemplo hipotético: supongamos un lesionado de 35 años con una fractura articular que, tras la consolidación, precisa fisioterapia mensual indefinida. Sólo puedes reclamar esa fisioterapia si la necesidad se justifica por secuelas objetivas y la literatura médica avala el tratamiento crónico.

Paso 2. Analizar el historial clínico y la estabilización lesional

Antes de calcular nada, revisa con lupa los informes médicos. El punto de partida es la estabilización lesional: el momento en que la lesión deja de mejorar con tratamiento. A partir de ahí, los gastos médicos futuros solo pueden referirse a necesidades derivadas de secuelas permanentes.

¿Por qué? Porque el art. 110 delimita expresamente el resarcimiento a necesidades "vitalicias" y no a tratamientos temporales. Si el paciente aún está en fase de recuperación, los gastos son presentes, no futuros.

Ojo: muchos informes de alta omiten la previsión de necesidades a largo plazo. Si falta, tendrás que justificar en tu dictamen por qué, pese a la estabilización, hay tratamientos que seguirán siendo necesarios. Ejemplo: imagínese un caso en el que, tras una amputación, el lesionado precisa renovación periódica de prótesis cada X años. La pericial debe justificar la frecuencia y duración de esa necesidad.

Paso 3. Documentar y justificar cada partida de gasto futuro

Aquí entra el núcleo de la pericia. El dictamen debe:

  • Detallar cada prestación sanitaria prevista (rehabilitación, medicación, dispositivos...)
  • Justificar la necesidad con base clínica y bibliografía
  • Estimar la frecuencia, duración y coste anual de cada partida

¿Por qué? Porque la jurisprudencia reciente exige que el gasto futuro sea "razonablemente probable" y no una mera posibilidad (SAP Barcelona 18/2024, SAP Madrid 322/2023, SAP Valencia 491/2025). Las Audiencias están rechazando partidas genéricas o no fundamentadas.

Ojo: no basta con decir "precisará fisioterapia". Hay que concretar: cuántas sesiones, durante cuántos años, con qué objetivo clínico y a qué precio. Ejemplo numérico: supongamos un paciente con lesión medular incompleta, secuela de paraplejia. La pericial puede estimar que precisará 2 sesiones semanales de fisioterapia (valoradas según tarifa oficial de la comunidad autónoma), renovación de silla de ruedas cada 5 años y medicación antiespástica mensual. Cada partida debe estar desglosada y sumada por periodos.

Paso 4. Determinar la cuantía indemnizable según el baremo 2026

El cálculo debe seguir las reglas del art. 115 del Baremo. Los gastos médicos futuros se indemnizan por su "valor actual", descontando el valor del dinero en el tiempo (capitalización). Para ello, utiliza las tablas de capitalización de la Resolución DGSFP vigente.

¿Por qué es relevante? Porque si calculas, por ejemplo, el coste de renovación de una prótesis cada 7 años durante 40 años de esperanza de vida, debes traer a valor presente la suma de esos gastos futuros. El error más habitual es sumar los importes como si todos se pagaran hoy.

Ojo: si no aplicas la capitalización correctamente, la aseguradora lo detectará y puede impugnar la cuantía. Ejemplo didáctico: imagínese un lesionado que precisa una prótesis de cadera cada 10 años, a un coste de X euros, durante 30 años. La suma de tres prótesis no es igual al valor indemnizable; hay que descontar el interés legal y aplicar el coeficiente de capitalización correspondiente a la edad del lesionado.

Paso 5. Revisar la jurisprudencia reciente sobre aceptación o rechazo de partidas

La práctica forense reciente muestra criterios claros:

  • La SAP Barcelona 18/2024 rechaza la facturación de sesiones de rehabilitación "a demanda" sin justificación médica de periodicidad y duración.
  • La SAP Madrid 322/2023 reconoce la indemnización de medicación crónica cuando el dictamen pericial detalla el principio activo, dosis, coste mensual y previsión de duración según la esperanza de vida.
  • La SAP Valencia 491/2025 estima la necesidad de renovación periódica de ortesis, siempre que se justifique la vida útil según el fabricante y el tipo de lesión.

El denominador común: solo se aceptan partidas con justificación clínica, previsión razonable y desglose económico. La doctrina del Supremo insiste en que "la mera posibilidad no es indemnizable".

Ojo: si la documentación es deficiente (informes genéricos, presupuestos sin base clínica, ausencia de justificación de periodicidad), la partida será rechazada o recortada. La pericial debe anticipar las objeciones típicas de la aseguradora y rebatirlas con argumentos técnicos.

Paso 6. Aportar la documentación imprescindible

Sin documentación, la pericial pierde fuerza probatoria. Imprescindible:

  • Informes médicos que avalen la secuela y la necesidad de tratamiento futuro
  • Presupuestos o tarifas oficiales de los centros médicos o farmacias
  • Bibliografía o guías clínicas que respalden la frecuencia y duración del tratamiento
  • Tablas de capitalización de la Resolución DGSFP vigente para el cálculo de valor actual

¿Por qué? Porque la carga de la prueba recae en quien reclama. Si falta un solo eslabón (ejemplo: justificante de precio de la prótesis), la aseguradora puede alegar "inexistencia de daño cierto".

Ojo con los informes privados sin respaldo en guías oficiales: suelen ser objeto de impugnación. Ejemplo: si reclamas sesiones de fisioterapia privadas a 80 euros/sesión, pero la tarifa pública es de 40 euros, deberás justificar por qué es imprescindible el centro privado y no el público.


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